{"id":2055,"date":"2022-01-25T10:44:40","date_gmt":"2022-01-25T08:44:40","guid":{"rendered":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/las-aseguradoras-cubren-cierres-de-negocios-por-las-perdidas-derivadas-de-la-pandemia\/"},"modified":"2022-01-25T11:20:41","modified_gmt":"2022-01-25T09:20:41","slug":"las-aseguradoras-cubren-cierres-de-negocios-por-las-perdidas-derivadas-de-la-pandemia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/las-aseguradoras-cubren-cierres-de-negocios-por-las-perdidas-derivadas-de-la-pandemia\/","title":{"rendered":"\u00bfLas aseguradoras cubren cierres de negocios por las p\u00e9rdidas derivadas de la pandemia?"},"content":{"rendered":"\n<p>La dif\u00edcil situaci\u00f3n econ\u00f3mica que ha dejado la crisis sanitaria ha ocasionado el cierre de muchos negocios, que no han podido soportar los&nbsp;<strong>efectos econ\u00f3micos de las medidas impuestas por la Administraci\u00f3n P\u00fablica.&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Recordemos que desde el inicio de la pandemia todas las actividades o negocios considerados no esenciales se han visto sujetos a una serie de medidas que, en aras de prevenir o controlar la expansi\u00f3n del COVID-19, han impuesto -en los primeros meses de pandemia- el cierre total de los establecimientos, o bien han limitado significativamente el horario de apertura, o el aforo permitido en los mismos, limitando con ello la clientela y, por tanto, los potenciales ingresos de las empresas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\"><p>Sectores como la hosteler\u00eda o los gimnasios,\u00a0han visto reducidos significativamente sus ingresos,\u00a0debiendo hacer frente a los mismos gastos operativos propios del negocio<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Como es sabido, estas medidas han afectado, en mayor o menor medida, pero de forma generalizada, a&nbsp;<strong>todos los sectores de actividad<\/strong>. Sin embargo, existen algunos que han sufrido especialmente el golpe a sus ingresos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Nos referimos a sectores como la hosteler\u00eda, los gimnasios, y comercios en general, que&nbsp;<strong>han visto reducidos significativamente y durante un largo periodo sus ingresos,<\/strong>&nbsp;debiendo hacer frente a los mismos gastos operativos propios del negocio.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Esta importante aminoraci\u00f3n de ingresos ha situado a las empresas en una&nbsp;<strong>situaci\u00f3n econ\u00f3mica muy delicada&nbsp;<\/strong>a la que algunas de ellas han podido hacer frente, sobre todo gracias a medidas de contenci\u00f3n como son los Expedientes de Regulaci\u00f3n de Empleo o accediendo a l\u00edneas de financiaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, para muchas de ellas no exist\u00edan medidas suficientes que hicieran viable soportar tan duro golpe, por lo que se han visto abocadas al cierre definitivo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Esta situaci\u00f3n ha planteado numerosos&nbsp;<strong>litigios contra entidades aseguradoras<\/strong>&nbsp;en los que propietarios de negocios reclaman la cobertura que algunas p\u00f3lizas de seguros prev\u00e9n para casos como este.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Lo cual nos lleva a interpretaciones varias sobre qu\u00e9 est\u00e1 asegurado y qu\u00e9 est\u00e1 excluido de cada p\u00f3liza, as\u00ed como sobre la cuant\u00eda indemnizable en caso de cobertura, cuyo&nbsp;<strong>c\u00e1lculo econ\u00f3mico<\/strong>&nbsp;suele ser complejo, ya que se juntan conceptos subjetivos, intangibles y otros m\u00e1s objetivos, cuya estimaci\u00f3n del perjuicio financiero es menos discutible.<\/p>\n\n\n\n<p>La&nbsp;normativa excepcional sobre medidas de control y prevenci\u00f3n del&nbsp;<strong>COVID-19<\/strong>&nbsp;que ha ocasionado los cierres, restricciones y limitaciones de actividad han sido dispares entre las distintas<strong>&nbsp;<\/strong>comunidades aut\u00f3nomas, cuyo alcance y duraci\u00f3n ha dependido de variables sanitarias, pero tambi\u00e9n de determinadas pol\u00edticas partidistas, por lo que tambi\u00e9n ha sido dispar la afectaci\u00f3n de las medidas en cada uno de los territorios.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Todo ello nos ha conducido a una \u201cSuperliga\u201d judicial, en la que se est\u00e1n presentando&nbsp;<strong>demandas masivas contra compa\u00f1\u00edas de seguros<\/strong>&nbsp;en reclamaci\u00f3n del cumplimiento de la cobertura de compensaci\u00f3n en supuestos de cierres del negocio.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas&nbsp;<strong>reclamaciones econ\u00f3micas,<\/strong>&nbsp;con car\u00e1cter general, resultan muy significativas si consideramos los&nbsp;<strong>costes directos e indirectos como consecuencia de la inactividad&nbsp;<\/strong>de muchos negocios durante el primer estado de alarma decretado por el Gobierno por el&nbsp;<strong>COVID-19<\/strong>&nbsp;que, dicho sea de paso, fue declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p>En este presunto desaguisado, el dinero juega un papel muy importante. La prudencia valorativa en la\u00a0<strong>cuantificaci\u00f3n econ\u00f3mica del perjuicio<\/strong>\u00a0y la aplicaci\u00f3n de una metodolog\u00eda y criterio cient\u00edfico riguroso siempre es muy bien vista por los juzgadores que, al margen de las interpretaciones jur\u00eddicas de la relaci\u00f3n contractual, deben disponer de herramientas suficientes que les permitan determinar\u00a0cu\u00e1l es el<strong>\u00a0importe indemnizable<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\"><p>Cada compa\u00f1\u00eda de seguros establece en las p\u00f3lizas sus propias condiciones<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Este importe indemnizable se concreta en el&nbsp;<strong>beneficio que los negocios han dejado de obtener<\/strong>&nbsp;como consecuencia del cierre, ya sea permanente, o por un periodo limitado de tiempo. Es lo que se conoce econ\u00f3mica y jur\u00eddicamente como el&nbsp;<strong>lucro cesante.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Como es sabido,&nbsp;<strong>cada compa\u00f1\u00eda de seguros establece en las p\u00f3lizas sus propias condiciones<\/strong>, no es un caf\u00e9 para todos, pues en muchas p\u00f3lizas la excepci\u00f3n es en realidad la regla general, e incluso, en algunos casos, hasta los&nbsp;<strong>m\u00e9todos de c\u00e1lculo para la cuantificaci\u00f3<\/strong><strong>n<\/strong>&nbsp;son distintos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Algunas se basan en un sistema de c\u00f3mputo sencillo, que multiplica el n\u00famero de d\u00edas por un importe prefijado, otras lo determinan en funci\u00f3n de las circunstancias y caracter\u00edsticas particulares que el asegurado pueda acreditar. En cualquier caso, en mi opini\u00f3n, el experto independiente deber\u00e1 acreditar el perjuicio causado y, de ser este mayor al que resultar\u00eda del m\u00e9todo establecido en la p\u00f3liza, deber\u00eda limitarse al importe inferior.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Para el c\u00e1lculo del perjuicio econ\u00f3mico en aquellos casos en los que la p\u00f3liza no prevea un importe fijo por el n\u00famero de d\u00edas sin actividad, ser\u00e1 esencial la&nbsp;<strong>acreditaci\u00f3n de los ingresos que se han dejado de obtener.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Para ello, lo primero y m\u00e1s esencial ser\u00e1 la&nbsp;<strong>delimitaci\u00f3n<\/strong>, de manera indiscutible,&nbsp;<strong>del periodo<\/strong>&nbsp;de tiempo al que se refiere el c\u00e1lculo. Este deber\u00e1 estar justificado y corresponder estrictamente al periodo en el que el negocio estuvo cerrado.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Este extremo ser\u00e1 f\u00e1cilmente acreditable en base a la normativa gubernamental que ha afectado al negocio, pero ser\u00e1 recomendable soportarlo tambi\u00e9n con los&nbsp;<strong>registros contables<\/strong>&nbsp;en los que se observe que no se produjeron ingresos en el periodo. Adem\u00e1s de ello, muchos negocios cuentan con sistemas de control extracontable que permiten la verificaci\u00f3n de entradas de clientes, llamadas, mensajes, etc.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En segundo lugar, deberemos acreditar el&nbsp;<strong>nivel de ingresos que hasta ese momento ven\u00eda percibiendo la empresa o unidad productiva&nbsp;<\/strong>afectada. Para ello nos podemos basar en la cifra de negocios que constan en los registros contables de la sociedad.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En este punto no nos podemos olvidar de los&nbsp;<strong>gastos necesarios para la obtenci\u00f3n de tales ingresos<\/strong>, ya que puede darse el caso de que, al haber permanecido el negocio cerrado se hayan aminorado sus ingresos, pero tambi\u00e9n sus costes, en la misma medida que los ingresos o en inferior medida. Si es el caso y durante el periodo de cierre la sociedad tambi\u00e9n soport\u00f3 unos menores costes no debemos considerar esta cifra de costes para el c\u00e1lculo, ya que la proyecci\u00f3n que realizaremos pretende simular, de la manera m\u00e1s realista posible,&nbsp;<strong>cu\u00e1l hubiese sido la situaci\u00f3n de la empresa de no haber tenido que cerrar durante un periodo de tiempo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por lo que, para la estimaci\u00f3n del resultado econ\u00f3mico que habr\u00eda obtenido la empresa en una situaci\u00f3n \u201cnormal\u201d deberemos aplicar la&nbsp;<strong>media de ingresos calculada en base al periodo comparable anterior&nbsp;<\/strong>-que ahora desarrollaremos-, pero tambi\u00e9n la media de gastos en los que necesariamente habr\u00eda incurrido para la obtenci\u00f3n de esos ingresos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Llegados a este punto nos preguntamos, \u00bfcu\u00e1les son los ingresos y gastos que debemos tomar como referencia para estimar el resultado que se habr\u00eda obtenido de no haber cerrado el negocio?<\/p>\n\n\n\n<p>La respuesta es relativamente sencilla, al menos en la teor\u00eda, ya que en la pr\u00e1ctica nos encontraremos con una gran variedad de negocios, cada uno con unas caracter\u00edsticas especiales que hacen que en muchas ocasiones sea altamente complicada la aplicaci\u00f3n de automatismos en el c\u00e1lculo al que nos estamos refiriendo.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\"><p>En muchas ocasiones las medias proporcionales lineales no resultan representativas de la situaci\u00f3n econ\u00f3mica real de un negocio en un periodo concreto, ya que en muchos sectores el incremento o descenso de sus ingresos es estacional<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Los&nbsp;<strong>ingresos y gastos<\/strong>&nbsp;que mejor reflejan la situaci\u00f3n que pretendemos estimar son los&nbsp;<strong>registrados en el periodo comparativo anterior<\/strong>, es decir, si quisi\u00e9ramos estimar el resultado econ\u00f3mico de una empresa en los meses de abril a julio de 2019 deber\u00edamos tomar como referencia el resultado econ\u00f3mico obtenido en los meses de abril a julio de 2018. Y podemos preguntarnos \u00bfPor qu\u00e9 no hacer simplemente una media de ingresos y gastos de todo el ejercicio y aplicarlo a los meses que queremos estimar?<\/p>\n\n\n\n<p>En muchas ocasiones las medias proporcionales lineales no resultan representativas de la situaci\u00f3n econ\u00f3mica real de un negocio en un periodo concreto, ya que en muchos sectores el incremento o descenso de sus ingresos es estacional, como puede suceder en el caso de la hosteler\u00eda o el turismo, que tiene un significativo incremento de su facturaci\u00f3n en unos meses concretos del a\u00f1o, por lo que no ser\u00e1 lo mismo&nbsp;<strong>si el cierre se produce en los meses de verano<\/strong>&nbsp;que en los meses de invierno o de temporada baja.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Es por ello que es importante, en la medida de lo posible y como norma general, tomar como referencia la media de ingresos y gastos del mismo periodo comparativo anterior.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Y decimos como norma general porque puede darse el caso de que la estimaci\u00f3n que queramos realizar se refiera al resultado econ\u00f3mico que habr\u00eda obtenido un negocio durante unos meses del ejercicio 2020 o 2021 y, por lo tanto, que el periodo comparativo anterior tambi\u00e9n se encuentre afectado por las medidas COVID-19 impuestas por el Gobierno. En estos casos deberemos tomar como referencia&nbsp;<strong>un periodo comparativo anterior que sea representativo de los ingresos y gastos<\/strong>&nbsp;que habr\u00eda registrado la sociedad de manera habitual.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, en caso de no disponer de datos contables de referencia por ser la empresa de reciente creaci\u00f3n deberemos irremediablemente basar nuestras estimaciones en las&nbsp;<strong>rentabilidades medias que obtienen otras empresas del sector&nbsp;<\/strong>que por sus caracter\u00edsticas que asemejen lo m\u00e1s posible a la que es objeto de nuestra estimaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Como conclusi\u00f3n podemos extraer que en aquellas disputas donde se pueda interpretar que la p\u00f3liza de seguro que cubre las p\u00e9rdidas por los cierres temporales de actividad derivados de la pandemia, se estima&nbsp;<strong>muy recomendable la intervenci\u00f3n de un<\/strong>&nbsp;<strong>perito economista<\/strong>&nbsp;-\u00f3ptimo si es auditor de cuentas ejerciente- que, de forma clara y rigurosa exponga en un&nbsp;<strong>informe pericial&nbsp;<\/strong>cu\u00e1l es el&nbsp;<strong>alcance econ\u00f3mico del perjuicio<\/strong>&nbsp;sufrido y c\u00f3mo se ha llegado a esas cifras, porque sea cual sea la compa\u00f1\u00eda y la p\u00f3liza, de lo que no hay duda es que, en cualquier caso, el da\u00f1o econ\u00f3mico existe.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La dif\u00edcil situaci\u00f3n econ\u00f3mica que ha dejado la crisis sanitaria ha ocasionado el cierre de muchos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2048,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advgb_blocks_editor_width":"","advgb_blocks_columns_visual_guide":"","_editorskit_title_hidden":false,"_editorskit_reading_time":0,"_editorskit_typography_data":[],"_editorskit_blocks_typography":"","_editorskit_is_block_options_detached":false,"_editorskit_block_options_position":"{}"},"categories":[161],"tags":[],"tipo":[132],"autor":[157],"author_meta":{"display_name":"doc_auditorscensors","author_link":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/author\/doc_auditorscensors\/"},"featured_img":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/wp-content\/uploads\/2022\/01\/efectos-economicos-covid-1-300x169.jpg","coauthors":[],"tax_additional":{"categories":{"linked":["<a href=\"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/category\/comissio-dactuacions-pericials-es\/\" class=\"advgb-post-tax-term\">Comissi\u00f3 d\u2019Actuacions Pericials<\/a>"],"unlinked":["<span class=\"advgb-post-tax-term\">Comissi\u00f3 d\u2019Actuacions Pericials<\/span>"]}},"comment_count":"0","relative_dates":{"created":"Publicado 4 a\u00f1os hace","modified":"Actualizado 4 a\u00f1os hace"},"absolute_dates":{"created":"Publicado el 25 de enero de 2022","modified":"Actualizado el 25 de enero de 2022"},"absolute_dates_time":{"created":"Publicado el 25 de enero de 2022 10:44","modified":"Actualizado el 25 de enero de 2022 11:20"},"featured_img_caption":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2055"}],"collection":[{"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2055"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2055\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2164,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2055\/revisions\/2164"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2048"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2055"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2055"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2055"},{"taxonomy":"tipo","embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tipo?post=2055"},{"taxonomy":"autor","embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/autor?post=2055"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}