{"id":1313,"date":"2021-05-23T12:37:00","date_gmt":"2021-05-23T10:37:00","guid":{"rendered":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/?p=1313"},"modified":"2022-02-24T10:27:25","modified_gmt":"2022-02-24T08:27:25","slug":"transparencia-en-cuentas-y-su-paradoja-ayuntamientos-vs-sector-privado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/transparencia-en-cuentas-y-su-paradoja-ayuntamientos-vs-sector-privado\/","title":{"rendered":"Transparencia en cuentas (y su paradoja): ayuntamientos vs. sector privado"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-background\" style=\"background-color:#f7f7f7\">Article del Sr. Antoni G\u00f3mez, president del Col\u00b7legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya (CCJCC), publicat a&nbsp;<em>El Espa\u00f1ol<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>En el plazo m\u00e1ximo de siete meses desde el cierre del ejercicio, las empresas mercantiles deben depositar sus cuentas en el Registro Mercantil que, tras examinarlas, pasan a ser p\u00fablicas y disponibles para cualquier ciudadano. Estas se someten a auditor\u00eda externa obligatoria cuando se cumplen dos de las tres condiciones siguientes: m\u00e1s de 50 empleados; m\u00e1s de 2,85 millones de euros de activos; m\u00e1s de 5,8 millones de euros de cifra de negocios.<\/p>\n\n\n\n<p>Normas similares rigen en todos los pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea, basadas en el hecho de que la informaci\u00f3n financiera de las empresas es de inter\u00e9s p\u00fablico. Por ello, no solo concierne a sus inversores o gestores, sino a multitud de terceros que pueden tener inter\u00e9s en conocer cu\u00e1l es la situaci\u00f3n financiera, la rentabilidad o la potencial sostenibilidad de la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>El cumplimiento del dep\u00f3sito y publicidad de las cuentas es muy elevado, con la excepci\u00f3n de las denominadas \u00abempresas fantasma\u00bb, entidades sin actividad respecto de las cuales el Gobierno se ha propuesto la adopci\u00f3n de medidas para la depuraci\u00f3n de los registros.<\/p>\n\n\n\n<p>Pues bien, en el sector p\u00fablico -y nos vamos a referir aqu\u00ed de forma espec\u00edfica a los ayuntamientos- el nivel de transparencia de las cuentas es muy inferior al del sector privado, a pesar de ser f\u00e1cilmente identificable el leg\u00edtimo inter\u00e9s p\u00fablico respecto del uso que se da a los recursos y de la situaci\u00f3n y sostenibilidad de las finanzas p\u00fablicas. La paradoja aqu\u00ed es que las obligaciones son mucho m\u00e1s laxas para el sector p\u00fablico que para el sector privado, y su nivel de cumplimiento mucho menos extenso.<\/p>\n\n\n\n<p>Pongamos el foco en la presentaci\u00f3n a un registro p\u00fablico de las cuentas. Los siete meses m\u00e1ximos de las empresas se convierten en un periodo mucho m\u00e1s largo: hasta nueve meses y medio para las administraciones, prolongado de forma excepcional para las cuentas de 2019 en casi 100&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;d\u00edas m\u00e1s, a causa de la situaci\u00f3n de pandemia, en concreto hasta el 22 de enero de 2021. Seg\u00fan datos del Portal de Rendici\u00f3n de Cuentas, tan solo el 69,43% de los ayuntamientos espa\u00f1oles presentaron sus cuentas de 2019 en el plazo legalmente establecido, todo y el alargamiento de estos. Este bajo nivel de presentaci\u00f3n de las mismas en plazo fue todav\u00eda m\u00e1s acusado en a\u00f1os anteriores: solo el 56,81% de los consistorios lo hizo para las cuentas de 2018.<\/p>\n\n\n\n<p>El control o auditor\u00eda externa de estas cuentas est\u00e1 encomendado en las comunidades aut\u00f3nomas a \u00d3rganos de Control Externo u OCEX, en aquellos casos en que los han creado. Es habitual que estos acaban limit\u00e1ndose a la simple comprobaci\u00f3n de los requisitos formales de las cuentas, siendo pr\u00e1cticamente anecd\u00f3tica la auditor\u00eda de las cuentas de los municipios de su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual forma que las empresas mercantiles que sobrepasan cierta dimensi\u00f3n someten sus cuentas anualmente a una auditor\u00eda externa independiente, los ayuntamientos de una cierta dimensi\u00f3n (parece razonable que por encima de 5.000 habitantes) deber\u00edan tambi\u00e9n someter y publicar sus cuentas auditadas con periodicidad anual. En esta tarea los auditores privados podemos colaborar con los \u00f3rganos de control para realizar esta importante tarea.<\/p>\n\n\n\n<p>En este entorno, los ayuntamientos espa\u00f1oles est\u00e1n trabajando para participar en un buen n\u00famero de proyectos relacionados con los fondos Next Generation de la Uni\u00f3n Europea, que supondr\u00e1n para el pa\u00eds un volumen muy significativo de dinero. Es esencial -para un uso adecuado y eficiente de estos recursos y para nuestra reputaci\u00f3n como pa\u00eds- que tanto la asignaci\u00f3n como la auditor\u00eda posterior de esos fondos sean plenamente transparentes y cumplan con los requisitos para los que han sido otorgados.<\/p>\n\n\n\n<p>Habida cuenta de las dificultades -lo ve\u00edamos antes- para el cumplimiento con los deberes de presentaci\u00f3n de cuentas por parte de los ayuntamientos y, sobre todo, con la ausencia de una efectiva auditor\u00eda externa de sus cuentas por parte de los OCEX de los distintos parlamentos auton\u00f3micos, es l\u00edcita la duda: \u00bfqu\u00e9 va a pasar con la auditoria de la ingente cantidad de fondos europeos que se prev\u00e9 recibir en los pr\u00f3ximos a\u00f1os?<\/p>\n\n\n\n<p>Si bien la Ley para la modernizaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica y para la ejecuci\u00f3n del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia, por la que se regulan los fondos europeos, contempla f\u00f3rmulas de colaboraci\u00f3n p\u00fablico\u00ad privada en esta materia, no es menos cierto que lo hace con expresiones excesivamente ambiguas.<\/p>\n\n\n\n<p>El sector p\u00fablico -y con un \u00e9nfasis particular la administraci\u00f3n m\u00e1s pr\u00f3xima a la ciudadan\u00eda, esto es, la administraci\u00f3n municipal- necesita una modernizaci\u00f3n. La auditor\u00eda externa de las cuentas p\u00fablicas contribuye a la transparencia y la confianza de terceros respecto de las mismas y, adem\u00e1s, como ocurre en el \u00e1mbito privado, es una herramienta esencial para la propia mejora de la gesti\u00f3n de las organizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Resulta oportuno, pues, dar pasos decisivos para que la ciudadan\u00eda conozca (le asiste su derecho) las cuentas municipales auditadas de forma sistem\u00e1tica, tal como ya sucede con las cuentas de las empresas privadas.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/ipcomunicacion.com\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/CCJCC_ELESPANOL.COM_230521.pdf\" data-type=\"URL\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" width=\"30\" height=\"34\" class=\"wp-image-1647\" style=\"width: 30px;\" src=\"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/pdf-icon-e1635853637204.png\" alt=\"\">  Transparencia en cuentas (y su paradoja): ayuntamientos vs. sector privado<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Article del Sr. Antoni G\u00f3mez, president del Col\u00b7legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya (CCJCC), [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advgb_blocks_editor_width":"","advgb_blocks_columns_visual_guide":"","_editorskit_title_hidden":false,"_editorskit_reading_time":0,"_editorskit_typography_data":[],"_editorskit_blocks_typography":"","_editorskit_is_block_options_detached":false,"_editorskit_block_options_position":"{}"},"categories":[72],"tags":[],"tipo":[14],"autor":[49],"author_meta":{"display_name":"doc_auditorscensors","author_link":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/author\/doc_auditorscensors\/"},"featured_img":null,"coauthors":[],"tax_additional":{"categories":{"linked":["<a href=\"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/category\/prensa\/\" class=\"advgb-post-tax-term\">Premsa<\/a>"],"unlinked":["<span class=\"advgb-post-tax-term\">Premsa<\/span>"]}},"comment_count":"0","relative_dates":{"created":"Publicado 5 a\u00f1os hace","modified":"Actualizado 4 a\u00f1os hace"},"absolute_dates":{"created":"Publicado el 23 de mayo de 2021","modified":"Actualizado el 24 de febrero de 2022"},"absolute_dates_time":{"created":"Publicado el 23 de mayo de 2021 12:37","modified":"Actualizado el 24 de febrero de 2022 10:27"},"featured_img_caption":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1313"}],"collection":[{"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1313"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1313\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1955,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1313\/revisions\/1955"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1313"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1313"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1313"},{"taxonomy":"tipo","embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tipo?post=1313"},{"taxonomy":"autor","embeddable":true,"href":"https:\/\/auditor.auditorscensors.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/autor?post=1313"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}