#Auditoría

La designación de un auditor de cuentas ejerciente como experto independiente – actuación en el ámbito pericial. Nuestro valor diferencial

David Muntané

Munt Audit & Forensic, SLP

La figura del perito financiero o económico ha ido ganando notoriedad e importancia tanto en el ámbito empresarial como en el personal en los últimos tiempos. La participación del perito económico – financiero resulta crítica en la mayoría de los procedimientos judiciales, pues su papel como experto independiente servirá de apoyo para resolver conflictos y controversias de diversa índole- siempre dentro del marco de la economía, las finanzas o la contabilidad- entre varias partes interesadas.

El ordenamiento jurídico español establece que para considerar perito a un profesional debe tener la formación y experiencia suficiente sobre la materia en cuestión sobre la cual se le ha requerido que exprese su opinión y, en definitiva, concluya sobre una serie de extremos requeridos que, en nuestro caso, versarán sobre aspectos contables, económicos y/o financieros.  

Este experto independiente en base a su conocimiento de la materia realizará las revisiones y acreditaciones pertinentes que le permitan elaborar y concluir de forma experta e independiente sobre los procedimientos objeto de su intervención.  

En el ámbito de la empresa suelen existir delitos o conflictos económicos que requerirán de un experto contable-financiero que analice y concluya sobre aspectos tales como: valoración de empresas, delitos fiscales, administración desleal, competencia desleal, apropiación indebida, cuantificación del daño patrimonial, lucro cesante y daño emergente, siempre desde la vertiente del conocimiento técnico en materia contable y financiera y alejándonos de cualquier valoración jurídica. 

No descubriremos ahora qué es una auditoría de cuentas, pero sí que valdría la pena recordar que un auditor está totalmente habituado a aplicar técnicas y procedimientos propios, tales como preguntas y observaciones ante el personal, confirmaciones de terceros, verificaciones del control interno, evaluación de riesgos, aplicación de pruebas sustantivas y de contraste de la información proporcionada para obtener, siempre antes de su conclusión, una elevada razonabilidad sobre los importes e información contable, económica-financiera que se le proporciona. Para ello, antes de emitir una opinión al respecto se asegura vía evidencia documental de la integridad, existencia y valoración de las cifras que se reflejan. 

La aplicación de métodos comparativos, de revisión analítica sobre la razonabilidad de determinadas desviaciones y proyecciones es, entre otros, su día a día. 

Otro de los valores diferenciadores y que claramente mejora la solvencia del informe pericial  son los procedimientos que, por el conocimiento del auditor, este puede aplicar cuando le proporcionan unos estados financieros sobre los cuales debe realizar determinadas proyecciones (estimaciones), cálculos de márgenes y otros procedimientos análogos pues, para cuantificar un determinado parámetro y, en definitiva, soportar  los extremos y conclusiones requeridas, se aplican procedimientos de revisión sobre los estados financieros empleando técnicas propias que se utilizan en auditoría, circunstancia que es prácticamente inviable en otros profesionales por su falta de experiencia  y/o de credenciales vía formación regulada. 

Los estados financieros en las actuaciones periciales del ámbito económico-financiero son, en la mayoría de los casos, una fuente documental básica. En este sentido, si bien la actuación del perito no consiste de por sí en una auditoría de los mismos, es también cierto que un auditor está habituado a su revisión y detección de posibles riesgos o errores en los mismos, por lo que aportará un plus de fiabilidad a la información sobre la que sustentará sus conclusiones. 

En encargos en los que el dictamen pericial versa especialmente sobre importes y epígrafes que forman los estados financieros y estos no están auditados, cobra especial relevancia que el perito sea un auditor ejerciente, pues dispone de las capacidades, experiencia y recursos necesarios para aportar mayor exactitud, integridad y fiabilidad a la información financiera sobre la que basará sus conclusiones.

“La veracidad, integridad y exactitud de la información financiera es clave para alcanzar una conclusión acertada”

Si partimos de la base de que un auditor de cuentas ejerciente, por su actividad profesional, está acostumbrado a actuar con confidencialidad y rigurosidad en el desempeño de su trabajo, con el mayor de los grados de conocimiento técnico contable, donde, de antemano, conoce que el ser imparcial e independiente es un aspecto básico, con independencia de quien le contrate, son valores que  se automatizan, asumen y subyacen en su emisión de informes periciales y ratificación posterior, la cual, en ocasiones, es tanto o más importante que el dictamen.

La credibilidad de los auditores ante Organismos Públicos y entidades privadas está fuera de duda. Es difícil encontrar una profesión con una regulación tan específica, con significativas sanciones al auditor de cuentas en caso de incumplimiento normativo, con controles de calidad periódicos, la implantación exigida de sistemas de control de calidad interno, con una elevada exigencia de formación continuada en la materia contable-financiera que es diferencial respecto a otros profesionales que, aun pudiendo cumplir los requisitos exigidos por nuestro ordenamiento jurídico, no es directamente comparable pues, entre otros, no están sujetos a una regulación y supervisión tan estricta. 

“El conocimiento técnico y la credibilidad son factores cruciales “

En este sentido, no podemos olvidar que un auditor de cuentas tiene la formación y experiencia práctica a su favor por el amplio conocimiento de todas las Normas Técnicas de Auditoría que le son de aplicación. 

Por citar una pequeña muestra, en función del encargo profesional, el auditor, para la elaboración del informe pericial, es conocedor de las técnicas que se aplican en auditoría  en materia de identificación y valoración de los riesgos de incorrección material (NIA-ES 315 (Revisada)), del programa de trabajo a aplicar para mitigar y/o detectar aspectos vinculados con el fraude (NIA-ES 240),  de los procedimientos a aplicar para la formación de la opinión sobre unos estados financieros (NIA-ES 700 (Revisada)), el perito auditor ejerciente sabrá implementar los  procedimientos a considerar en su dictamen en caso de estimaciones contables -pensemos en potenciales indemnizaciones en caso de disputa por errores en la contabilidad o valoraciones- (NIA-ES 540 (Revisada)), así como tantas otras que directa o implícitamente puede aportar con su conocimiento al enfoque y metodología en su dictamen pericial. 

El valor añadido de todo este expertise, que de por sí el auditor ejerciente ya dispone respecto de otros profesionales, es irrefutable.  

Si analizamos su aportación “en sala”, defendiendo, aclarando y/o ratificando su informe ante el Juzgado, Tribunal u Organismo pertinente, entendemos que aquí entrarían algunas valoraciones más subjetivas respecto de otros profesionales con conocimiento en temas contables-financieros. 

No obstante, no hay que olvidar que el auditor de cuentas está acostumbrado a defender su postura de manera clara y contundente en aquellos casos en los que para otras profesiones sería una situación inverosímil. En muchas ocasiones sucede que, en opinión del auditor de cuentas, los estados financieros proporcionados por su propio cliente no expresan una imagen fiel o, expresándola, realiza las excepciones o advertencias que estima oportunas en su informe, y todo ello con independencia que estos hechos perjudiquen al cliente con el que ha suscrito su encargo profesional. En este escenario, según la circunstancia y situación particular, en ocasiones se generan presiones ante las que el auditor, como no puede ser de otra manera, defiende su postura, prevaleciendo su integridad y objetividad, aspectos que Su Señoría, a buen seguro tendría muy en cuenta en el ámbito de actuaciones periciales. Son también la esencia en esta tipología de encargos profesionales. 

Los auditores, a nuestro pesar, estamos acostumbrados a trabajar bajo unos plazos de entrega que normalmente son más cortos de los deseados, prestando atención y analizando hechos posteriores que pueden comportar cambios constantes en las conclusiones y, en definitiva, el auditor de cuentas lidia constantemente con diferentes situaciones que, a buen seguro, le ayudan en su desempeño como experto independiente tanto en la emisión del informe como en su aclaración posterior en sala. 

Así las cosas, la actuación del auditor de cuentas en materia de transparencia y fiabilidad de la información contable – económico financiera que se proporciona “de parte”, se antoja como imprescindible, necesaria para la confianza de los mercados, accionistas y, en definitiva, la totalidad de partes. 

Esperemos que recordando estos valores y credenciales del perito auditor ejerciente, los organismos públicos y direcciones letradas apuesten de manera aún más decidida en nuestro colectivo de auditores para esta tipología de encargos y en definitiva actuaciones en el ámbito forense.